miércoles, 25 de febrero de 2009

COMUNICADO DE LA U.V.F.P.

No se permite el tránsito de motos o ciclomotores con el motor encendido, o transitando subidos a las mismas, dentro de la zona demarcada de uso recreativo y sector de mesadas y parrillas, en caso de que se detecte la falta de cumplimiento de la normativa anterior, el socio será pasible de sanciones

Observando que se esta incumplimiento del Reglamento de la U. V. F. P. en su ARTICULO 18, se transcribe para conocimiento de los asociados:
“La agrupación que incluya en la planilla de juego o permita el ingreso de jugadores que se encontraren en las siguientes condiciones: suspendidos, con sanción provisoria, sin estar con la cuota societaria al día, falta de presentación del carné de socio jugador, en condiciones de no cumplir con las edades mínimas requeridas, no estar incluido en la lista de buena fe, no estar incluido en las planillas de juego que se emiten para la disputa de los encuentros; se le quitaran los puntos del partido en el que incurrió en la falta descripta precedentemente en caso que hubiese ganado el mismo. En cualquier otra alternativa (empate y/o perdido) se le descontaran 3 (tres) puntos al término de la etapa del campeonato que este jugando. Al jugador mal incluido se le aplicara una suspensión, la cual será dictaminada por el Tribunal de Disciplina correspondiente.

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